Publicado en Destacado, NACIONAL.

Listado para su próxima sesión del 15 de marzo del 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), bajo la ponencia del ministro Luis María Aguilar Morales, determinará si el principio de paridad de género es aplicable al proceso de designación de notarios públicos en Jalisco.

El asunto proviene del amparo en revisión 329/2022, con origen en el juicio de amparo indirecto 2072/2018, radicado en el Juzgado Sexto de Distrito en Materias Administrativas, Civil y del Trabajo, con residencia en Jalisco.

La quejosa argumentó a la SCJN que confrontó un aparato administrativo y de justicia que muestra una relación de poder asimétrica por su condición de mujer y, a manera de ejemplo, destacó que en Jalisco existen 301 notarías, de las cuales 281 corresponden a hombres y sólo 20 a mujeres.

Además, señaló que en el concurso en el que participó se otorgaron dieciséis notarias, de las que trece fueron para hombres y tres para mujeres. Lo que evidencia a su juicio que es complejo y en ocasiones peligroso impugnar el concurso para la designación de notarios.

En el proyecto circulado por el ministro ponente se estima inoperante el argumento que sostiene que el principio de paridad previsto en el artículo 41, de la Constitución federal, deba ser observado en la designación de las notarías de Jalisco.

De igual forma, advierte que el marco normativo local para la designación de notarios públicos no contiene alguna carga ideológica, por razón de género o sexo, que discrimine de forma directa o indirecta a las mujeres, pues regula de forma objetiva el procedimiento para el nombramiento de notario público a través de una convocatoria expedida por el titular del Ejecutivo, el cumplimiento de diversos requisitos, así como la aplicación y aprobación de un examen de oposición.

De la misma forma, la Suprema Corte no advierte que durante el procedimiento para la designación de notarios impugnado la quejosa sufriera algún tipo de discriminación con motivo de su género.

Por último, la Corte estima que con independencia del número de notarías que fueron asignadas a hombres y mujeres (siendo para los primeros el 37), tal situación no demuestra que la quejosa haya sido discriminada por razón de su género, sino que fue un resultado atendiendo a la cantidad de participantes y del producto de las evaluaciones de que fueron objeto durante el proceso de selección.

No obstante lo que estima el proyecto, habrá que esperar el resultado de la votación de los cinco ministros que integran la Segunda Sala.

 

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